A no ser que tu conducta sea la de exhibirte impúdicamente por la ventana con el fin de perturbar la tranquilidad de los demás y provocar lascivamente, no haces nada ilegal. El Código Penal sólo contempla el exhibicionismo obsceno y la provocación sexual -ante menores, está castigado con multa o hasta un año de prisión-, por lo que puedes pasearte desnudo por tu casa, tomar el sol en la terraza o hacer el amor en el balcón sin temor a ser sancionado.
El problema viene cuando compartimos piso. Se ha convertido en algo habitual alquilar habitaciones y convivir con personas que, en muchas ocasiones, no conocemos. En estos casos se hace fundamental la comunicación, no sólo por lo que a atuendos del hogar se refiere, sino por los gastos que esto puede conllevar para los habitantes.